En los últimos meses, y muy fuertemente en
estas últimas semanas, una buena parte de la sociedad argentina se halla
movilizada por la discusión en torno a, digámoslo así, “defensa de la vida en gestación junto con la
vida de la mujer gestante (slogan: “salvemos las dos vidas”) vs defensa de la
vida de la mujer que no quiere asumir tal proceso de gestación y opta por
interrumpirlo (slogan: “aborto legal, seguro y gratuito”)”. A mi parecer,
reducir esta problemática (como otras) a un binomio SI-NO me resulta del todo
simplista. El slogan mismo de unos y otros pareceres puede llegar a ser una
expresión del todo incorrecta. Veamos esto de modo más pormenorizado.
Por un lado, y respecto a la expresión “salvemos
las dos vidas”, ¿qué entendemos por salvar las dos vidas?, ¿acaso tenemos tal
capacidad individual o social?, ¿cómo activamente podemos llevar adelante tal
“salvación”? El slogan expresa una preocupación por el cuidado tanto de la vida
de la persona por nacer a la vez que por la vida de la madre, pero ¿cómo esa
preocupación transmuta en ocupación?, ¿cómo social e individualmente nos
hacemos cargo de acompañar toda vida y durante toda la vida?
La lectura particular que hago, y por eso
adhiero aunque con estas reservas, de la expresión “salvemos las dos vidas” es
la demanda, que efectivamente retorna sobre cada uno de nosotros de modo
particular y social, de la defensa integral del derecho a la vida y a una vida
digna. Una legislación “pro-vida” es y será ciertamente dificultosa, necesitará
un mayor esfuerzo en la transmisión de valores, en la educación para la
responsabilidad, deberá establecer mecanismos de educación y prevención en
materia de sexualidad y de acompañamiento de condiciones de vida digna para las
familias y los hijos, etc. Una legislación “pro-vida” coloca la carga sobre
cada uno de los ciudadanos en lo que respecta al cuidado, defensa y promoción
de todos.
Y aquí abro mi consideración sobre el “salvar”:
no debe ser entendida esta expresión de modo mágico o heroico, sino que quiero
comprenderla desde una perspectiva de cuidado-defesa-promoción integral que
corresponde al conjunto del tejido social el deber de llevarla adelante. No es,
repito, asumir una actitud heroica ni pedir a las mujeres ser heroínas en la
gestación de un embarazo no deseado así porque sí. Tampoco es creer que
mágicamente por decir “sí a la vida”, toda vida efectivamente encuentra
cuidado-defensa-promoción. El “sí a la vida” es un desafío abierto a la no
exclusión, a la no expulsión existencial de nadie: ni de los niños y niñas por
nacer, ni de los ancianos, ni de los ciudadanos en situación de enfermedad, de
pobreza, de calle…
Por otro lado, en la vereda de enfrente,
escuchamos: “derecho al aborto”, “aborto legal, seguro y gratuito”. Me cabe
comprender, a partir de lo leído y escuchado, que este grito embanderado en
tintes verdes trae consigo la voz de muchas mujeres que deciden no continuar
con un proceso de gestación no querido y que, al estar actualmente penado en su
práctica por la normativa del país, no les queda otro remedio que realizarlo en
la clandestinidad con el riesgo real de no contar con las condiciones de salud
e higiene adecuadas. De este grito también me han surgido preguntas: ¿cómo
entender “derecho al aborto”?, ¿cómo legalizar y proclamar un derecho sobre una
acción de por sí disvaliosa?, ¿por qué cabe reducir la problemática a una situación
de “salud pública”?, ¿qué está en la base de que el Estado garantice tal
práctica? De estas preguntas, y de los fundamentos esgrimidos detrás de los
pañuelos verdes, me quedan en limpio dos cuestiones: una, la referente a la
práctica efectiva del aborto que se da en la sociedad y su acompañamiento por
parte de los organismos de salud pública; y dos, la proclamación de un derecho
al aborto. Empezaré por lo último.
Los derechos son entendidos, por principio,
como aquellos bienes/valores que nos son debidos en virtud de nuestra condición
de personas a nivel individual (derechos de primera generación),
colectivo-social (derechos de segunda generación) y en vinculación con la
tierra que habitamos y las generaciones futuras (derechos de tercera generación).
Todo derecho, por principio, busca la defensa o tutela de tales bienes/valores
humanos y su adecuada promoción. A partir de esta comprensión, entiendo por lo
menos incorrecta la expresión “derecho al aborto” en cuanto sería
contradictoria la defensa-promoción de un acto disvalioso. Considero por tanto
que, como sociedad, no es gratuito que una parte de la ciudadanía exprese sin
más el derecho a ejercer sobre sí o sobre otro una acción de por sí disvaliosa.
Y esto aunque tal acto sea habitual, porque si sólo fuese la habitualidad el
criterio que establezca el derecho al acceso a una determinada práctica, ¿no
sería correcto también legalizar el consumo de estupefacientes, la práctica de
la prostitución, la esclavitud, el contrabando, y tantas otras prácticas
disvaliosas que existen en nuestra sociedad? No. Digámoslo claramente: un acto
disvalioso habitual nunca puede habilitar un derecho ya que en sí se contrapone
con la noción misma de derecho. Por tanto, es contradictorio en sí mismo hablar
de “derecho al aborto”.
Ahora bien, al ser un acto habitual que algunos
ciudadanos realizan (ya la mujer que quiere abortar, ya el médico (enfermero,
obstetra, etc.) que ofrece su realización) tampoco es gratuito a nivel social
hacer la vista gorda a tales prácticas y solamente catalogarlas de “delito” (aún
más por ser uno de esos delitos que finalmente no se terminan ni de perseguir
ni de punir de modo firme). Esto también sucede, insisto, con otros actos
disvaliosos que se dan de modo habitual en nuestra sociedad. Y como sociedad
considero que, a nivel de derechos, obligaciones y delitos, debemos ser capaces
de reconocer cuáles son los valores que se buscan proteger-promover y cuáles
son las acciones de nuestros ciudadanos que son disvaliosas y reconociéndolas
como tales deben ser acompañadas, tratadas, saneadas en pos de que sean
reconsideradas y, a la postre, puedan disminuir.
Esto me conduce al fundamento de la legislación
del aborto como una cuestión de salud pública que debe ser atendido por el
Estado nacional, garantizando a su acceso de modo gratuito. En vistas, como
decía, de que la práctica disvaliosa de la interrupción del embarazo se da
efectivamente en nuestra sociedad, y que tal práctica está sumida en la
clandestinidad y por tal motivo se halla carente de la salubridad o control
médico adecuado, ciertamente no puedo negar que la habilitación de la práctica
abortiva en establecimientos adecuados con personal capacitado es un modo de “al
menos” garantizar que quién ya ha optado por la interrupción del embarazo no
corra riesgo en su vida y sea tratada con dignidad y profesionalidad. Pero esto
me lleva a preguntarme: ¿cómo el aborto asumido desde una cuestión de salud
pública no se contradice con la promoción pública de una práctica disvaliosa? o,
dicho de otro modo, ¿cómo encontrar el equilibrio adecuado entre acceso a la
salud y ejercicio de habitual de un acto disvalioso? Las acciones del Estado
son, en principio, para proteger-promover derechos: a la salud, a la educación,
al trabajo digno, a la vivienda, a la seguridad, etc. Dentro del derecho
general a la salud, ¿se concibe como parte de tal el ejercicio de la práctica
del aborto?
Concluyo, aunque sin dar por cerradas las
interrogantes, con estas consideraciones. Primero, considero que el acceso a la
salud pública para la práctica del aborto no puede, por los fundamentos antes
dichos, enmarcarse dentro de un plano de “derecho”, aunque sí, por razones de “práctica
habitual social”, creo que es necesario acompañar fuera de la clandestinidad a
las mujeres que han decidido interrumpir su embarazo, ayudarlas fuertemente a
que reconsideren esa opción y establecer un marco legal de excepción, como el
que ya existe aunque tal vez con nuevas tipologías, para una práctica que nunca
debe ser aplaudida, pero que ciertamente debe ser asumida como (tristemente) existente,
y desde esa corroboración debemos actuar con cierta “tolerancia social”, más siempre
para transformarla.
Segundo, considero que nuestra legislación de
base, los principios legales que animan las prácticas políticas (económicas,
médicas, sociales, etc.) deben ciertamente ser “pro-vida”, buscando cuidar-defender-promover
a toda persona y en todo su proceso vital, desde la concepción y hasta la
muerte natural, y de modo integral (físico, psicológico, espiritual, moral).
Tercero, considero que la defensa de la vida
debe ser un criterio político de base para una verdadera transformación social,
donde los más vulnerables (y quién más vulnerable que un niño por nacer) sean defendidos-promovidos
por las leyes y las instituciones.
Cuarto, considero que debemos seguir trabajando
para fortalecer nuestro tejido social y no disgregarlo con discusiones de
SI-NO, para lograr ser una verdadera red de contención, de acompañamiento de
aquellos ciudadanos que optan por acciones disvaliosas (para sí o para otros)
para que puedan tener alternativas positivas, posibilidades reales de acción
valiosa (por ejemplo: un trámite de adopción ágil, acompañamiento psicológico,
subsidios que garanticen la salud y educación de los niños, etc.) que gestan un
círculo virtuoso social y que, ciertamente, creo nos llevarán al verdadero bien
que todos deseamos para nuestra patria, porción de este frágil mundo en que
vivimos.